Oficial/a, con especialización en Obra Civil
Publicado en 2026-01-15
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Trabajos Cualificado
Labores de Construcción
Fecha de publicación:
Fecha límite de admisión:
1.- Edad, titulación académica, experiencia y situación laboral. Edad:
Mayor de 18 años.
Titulación académica y/o experiencia laboralSe establecen dos supuestos de acreditación (primero y segundo) de carácter alternativo e igualmente válidos:
Primer supuesto :Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones de formación profesional (o de su equivalente oficial en títulos de formación profesional anteriores que ya no se imparten) o, en su caso, de alguna de las siguientes certificaciones:
- Técnico en Construcción
- Técnico en Soldadura y Calderería
- Técnico en Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación
- EOCB
0108 Fábrica de albañilería - EOCB
0210 Revestimientos con pastas y morteros en construcción - EOCB
0211 Pavimentos y albañilería de urbanización - EOCB
310 Revestimientos con piezas rígidas por adherencia en construcción - FMEC
0210 Soldadura oxigás y soldadura MIG/MAG
Adicionalmente, se requiere una experiencia acreditada de al menos un año en los últimos cinco años anteriores
, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en alguno de los siguientes ámbitos:
- Albañilería
- Cerrajería
- Encofrado
- Solado
- Fontanería
- Carpintería
- Enlucido
- Mantenimiento de edificios
- Mantenimiento y montaje de superestructura de vía
Estar en posesión del título de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o enseñanzas equivalentes a efectos profesionales, de conformidad con lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio del Ministerio de Educación y una experiencia acreditada de al menos 5 años en los últimos diez años anteriores
, contados regresivamente desde la fecha de publicación de las bases del presente proceso, en el desempeño de trabajos en alguno de los ámbitos indicados en el primer supuesto.
En ambos supuestos, para la acreditación de la experiencia, se requerirá, en todo caso, el Informe de Vida laboral actualizado emitido por la Seguridad Social. Y, además, según corresponda en cada caso:
Para las personas trabajadoras por cuenta ajena, la copia del contrato/s de trabajo. En defecto del contrato de trabajo, será imprescindible en todo caso una certificación por parte del empresario/a que especifique la categoría profesional de la persona trabajadora, así como una descripción de las funciones realizadas; si bien, en cualquier caso, las personas candidatas que tengan contrato de trabajo, podrán aportar también esta certificación para mejor acreditación de sus funciones.
Para el supuesto de profesionales y autónomos/as, la licencia fiscal o IAE, en epígrafe acorde con el perfil profesional, competencia u ocupación que se opte.
La consultora externa podrá requerir documentación adicional para verificar los méritos de la experiencia, siempre que lo estime necesario para garantizar su adecuada valoración.
En el supuesto de contradicciones entre cualesquiera de los documentos presentados para acreditar los méritos de la experiencia, prevalecerá lo indicado en el informe de vida laboral.
Situación Laboral:Estar inscrito o inscrita como demandante de empleo o de mejora de empleo en cualquiera de las oficinas de empleo de la Comunidad de Madrid en el código ocupacional “Auxiliar de obra”
2.- Permiso para conducción de vehículos automóviles:
Estar en posesión del permiso de conducción para vehículos automóviles clase “B”.
Fecha de cumplimiento de requisitos de preselecciónLos requisitos expresados en el apartado 1 (así como, en su caso, para el reconocimiento del grado de discapacidad del 33% requerido para cubrir las plazas del cupo de reserva de la bolsa) deberán haberse cumplido el día 1 de julio de 2025. El grado de discapacidad requerido deberá seguir siendo acreditado nuevamente en la fecha de contratación. Por lo tanto, las personas que no acreditasen el cumplimiento de dichos requisitos en la fecha indicada quedarán definitivamente apartadas del proceso.
Por excepción, el cumplimiento del requisito relativo al apartado 2 (permiso para conducción de vehículos automóviles) deberá acreditarse en la fecha en que, en su caso, la persona candidata sea citada para la acreditación documental, por lo que…
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